I- Introducción. II- Una rápida sucesión normativa. III- Empresas en las que no se interrumpe la actividad. IV- Empresas en las que deba interrumpirse la actividad. V- Trabajadores comprendidos en la obligación de aislamiento obligatorio impuesta por el artículo 7 del DNU 260/2020.
El COVID-19 (coronavirus) y la relación de trabajo
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