Con motivo de la pandemia mundial provocada por el COVID-19 el Ministerio de Trabajo de la Nación dictó la Resolución 207/2020 por la que dispuso medidas tendientes a reducir la circulación de personas para prevenir riesgos de contagio y propagación, otorgando así licencias especiales a grupos de riesgos y recomendando a los empleadores la adopción de medidas necesarias para la implementación del trabajo a distancia con la finalidad que disminuyan al máximo y a lo indispensable la presencia de trabajadores en los establecimientos. Días después se emitió el DNU 297/2020 por el que se ordenó el aislamiento social, preventivo y obligatorio con restricción en la circulación de personas y la abstención obligatoria de presentarse a los lugares de trabajo, demarcando excepciones en aquellos servicios y actividades que se consideraron esenciales en la emergencia.
Sumario:
I. Exordio. II. Modalidad de trabajo a distancia - Normativa. II. La implementación en el marco de la resolución y del DNU - Responsabilidad por omisión. III. El desafío y la oportunidad.
Trabajo a distancia, remoto o a domicilio en el marco de la crisis sanitaria
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